Descansar en la cabina del camión es legal
Noticia de Transporte.
Finalmente la Comisión Europea ha dado su veredicto a una de las noticias del transporte que más estaban sonando en los últimos días, se ha confirmado que los descansos en cabina que llevan a cabo aquellos transportistas que se encuentren realizando rutas de transporte internacional son legales.
Esa ha sido la respuesta dada por Violeta Bulc, Comisaria Europea de Transporte, después de haber sido preguntada por la eurodiputada española Izaskun Bilbao.
Tal como comentó Bulc al respecto:
El reglamento no obliga, aunque prevé que haya posibilidad de que el conductor pueda permanecer en el vehículo durante el descanso diario si éste así lo desea, pero deben cumplirse determinadas condiciones.
Al igual que aseguró la eurodiputada española, la actual regulación es muy estricta acerca de los tiempos de conducción y también del descanso, algo que conlleva a un notable aumento tanto de costes como de riesgos así como a una reducción de la productividad, calidad de descanso y también de las posibilidades de conciliación de la vida familiar y laboral.
Según se propone por parte de diferentes asociaciones profesionales del sector logístico, se pretende que se flexibilicen el número de días entre los descansos semanales y también el hecho de poder aplicar al transporte de mercancías los mismos preceptos que hace que los conductores de autobuses puedan regresar a sus casas a realizar el descanso semanal.
El objetivo es poder evitar sanciones, especialmente aquellas que deriven de la normativa de países como Francia y Bélgica acerca de poder descansar en la propia cabina del camión, una de las noticias de las que más se está hablando estas últimas semanas.
La Comisaria Europea recordó de nuevo los criterios que se han establecido para poder ir secuenciando los descansos de los conductores e hizo hincapié en que la actual normativa permite flexibilidad dentro de la aplicación de estas disposiciones, permitiendo a los conductores poder hacer un único servicio discrecional de transporte internacional de pasajeros y retrasar el periodo de descanso semanal en condiciones específicas.
La excepción se justifica por las características de los viajes en autobús internacionales, donde los tiempos de conducción diarios y semanales son bastante breves, por debajo de los límites establecidos dentro del reglamento. En el caso del transporte de mercancías, el reglamento sí permite flexibilidad siempre que haya más de un conductor, donde éstos podrán disfrutar de su descanso diario en el curso de cada periodo de 30 horas en lugar de 24.