Se retrasa la entrada en vigor del sistema que obliga a declarar los movimientos de mercancías por carretera en Hungría

 Hungria

La Administración Nacional de Impuestos y Aduanas húngaro, informa que la primera fase del sistema de control ‘Ekaer’ se ha retrasado hasta el 1 de marzo, Información a tener en cuenta por las empresas de transportes.

Tal y como ya se adelantó desde las páginas de cadenadesuministro.es el pasado 24 de diciembre, el 1 de enero de 2015 era la fecha elegida inicialmente para la entrada en vigor en Hungría de la nueva normativa según la cual era obligatorio declarar todos los movimientos de mercancías por carretera, a través del denominado mecanismo ‘Ekaer’, un sistema de control de las mercancías por vía electrónica, que implica a las empresas de transporte.

Sin embargo, la web de la Administración Nacional de Impuestos y Aduanas húngaro, informa que la primera fase se ha retrasado hasta el 1 de marzo.

Se pretende con esta nueva medida, reducir el fraude fiscal en torno al número VAT (Value Added Tax), utilizado para identificar a la empresa que realiza negocios en áreas donde la Union Europea tiene autoridad tributaria. Cada número VAT codifica un vasto conjunto de información e identifica la empresa a quien este número ha sido asignado.

Son los cargadores y destinatarios de mercancías que tengan origen o destino Hungría, los que están obligados a realizar estas declaraciones en el transporte.

En este sentido, sólo las empresas que posean un número ‘Ekaer’ podrán transportar sus mercancías por las carreteras húngaras, teniendo que solicitar el mismo a la Administración de Impuestos y Aduanas de Hungría (NTCA).

Son por tanto los cargadores los que deberán facilitar la clave a los transportistas, ya que en caso de no conocer dicho número, y en tanto no se aclaren las responsabilidades, podrá procederse a la inmovilización del vehículo y la mercancía.

Así, aquellos transportistas que realicen el reparto de mercancías deberán contar con el número ’Ekaer’ para que pueda ser presentado ante las autoridades, cuando estas se lo soliciten en cualquier tramo del trayecto. Además, cada número sólo tendrá una vigencia de 15 días, ya que el código ha de ser solicitado para cada transporte.

Fuente CdS

Transporte Nacional e Internacional a todo el mundo, de mercancias : ADR, convencionales, especiales y perecederas.

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